REGLAMENTO ESTUDIANTIL
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR
ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO N°002 DE
2011 DE LA SALA GENERAL
LIBRO PRIMERO
DEL RÉGIMEN
GENERAL DE LOS ESTUDIANTES
CAPÍTULO I
DEL OBJETO Y DE
LA CALIDAD DE ESTUDIANTE
ARTÍCULO 1. OBJETO DEL REGLAMENTO ESTUDIANTIL: Es objeto del presente
Reglamento Estudiantil regular las relaciones académicas, financieras,
administrativas y disciplinarias devenidas de la relación entre la Institución
y sus estudiantes. En virtud de ello establece los derechos, deberes,
distinciones e incentivos de la comunidad estudiantil, y por ende, sin
perjuicio de disposiciones especiales al respecto, se aplica a los estudiantes
de pregrado de todos los programas académicos que oferte la Corporación
Unificada Nacional de Educación Superior - CUN - bajo cualquier modalidad,
nivel o metodología, y empleando cualquier mediación pedagógica.
PARÁGRAFO: Sin perjuicio de las disposiciones
especiales que al respecto se expidieren, este Reglamento también aplica para
los cursos, seminarios, diplomados en general, y programas de formación para el
trabajo y el desarrollo humano cuando existiese dicha oferta académica por
parte de la CUN.
ARTÍCULO 2. DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE: Es estudiante de la CUN,
aquella persona que cuenta con matrícula vigente para un período académico
determinado en cualquier programa académico de los que trata el artículo
anterior. Con el acto de la matrícula, el estudiante adquiere los derechos y se
obliga a cumplir con los deberes que se consagran en este reglamento junto con
las demás obligaciones previstas en la ley y la normativa institucional que se
deriven de dicha calidad. 3 de 41.
PARÁGRAFO I: Sin perjuicio del cabal
respeto por la igualdad de oportunidades y derechos de los estudiantes de la
Corporación con ocasión de su género, la Corporación propenderá por generar
oportunidades de apoyo y desarrollo a la mujer como eje primordial de la
familia, de la sociedad y de la construcción de estado.
PARÁGRAFO II: La Corporación
implementará de cara a su estudiantado el fomento de la empresarialidad, la
apropiación de la convergencia tecnológica, el desarrollo lógico matemático y
la responsable mentalidad social y ambiental, como factores de desarrollo de la
nación y como generadores de cambio y progreso socioeconómico.
ARTÍCULO 3. DE LA
PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE: La calidad de estudiante se pierde en los
siguientes eventos: a) Cuando no se renueva la matrícula dentro de los plazos
establecidos por la Institución, de conformidad con el calendario académico. b)
Cuando se procede a la cancelación de la matrícula por razones académicas o
disciplinarias previo el trámite del debido proceso. c) Cuando el estudiante se
retira voluntariamente de la Institución. d) Cuando se ha finalizado la
totalidad del plan de estudios para el cual se matriculó. e) Cuando el
estudiante incumple cualquiera de las obligaciones contraídas con la
Corporación conforme disposición constitucional, legal, reglamentaria o
institucional, y previo el agotamiento del debido proceso.
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